En los alegatos de clausura ante el tribunal de San Isidro, los defensores del neurocirujano sostuvieron que la internación domiciliaria fue avalada por la familia, descartaron fallas crónicas en el corazón del Diez y negaron dolo o negligencia médica.
En el marco de la ronda de alegatos de clausura del juicio oral por la muerte de Diego Armando Maradona, la defensa técnica del neurocirujano Leopoldo Luque rechazó de manera categórica la imputación de homicidio simple con dolo eventual formulada por la fiscalía. Ante los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 de San Isidro, los abogados Francisco Oneto y Roberto Rallín solicitaron la absolución de su asistido y cuestionaron con dureza las conclusiones de la junta médica oficial, afirmando que el astro futbolístico se encontraba cardiológicamente sano y que su deceso obedeció a un cuadro agudo imprevisto.
Durante su exposición en la sala, Oneto buscó desligar a Luque de la responsabilidad operativa sobre la internación domiciliaria montada en el barrio privado de Tigre a fines de 2020. “Pese a quien le pese y duela a quien le duela, Luque no era el encargado de la domiciliaria; el traslado fue consentido plenamente por la familia. Su incumbencia profesional a partir del 3 de noviembre quedó estrictamente circunscripta a la neurocirugía. No existía la más mínima posibilidad de prever este desenlace; no hay dolo, no hay imprudencia ni posición de garante. Este juicio es un error”, aseveró el letrado.
La defensa concentró gran parte de su argumentación en desarticular la teoría de un deterioro cardíaco crónico desatendido durante los días previos al desenlace fatal. En ese sentido, Oneto argumentó que la miocardiopatía dilatada diagnosticada en el año 2000 en Punta del Este había remitido con el correr de los años, apoyándose en constancias de historias clínicas correspondientes a internaciones del año 2007 que daban cuenta de una restitución ad integrum de la función ventricular.
El defensor remarcó además que el paciente no manifestaba disnea ni síntomas cardinales compatibles con una insuficiencia cardíaca descompensada antes del paro cardiorrespiratorio, calificando a la afección como un evento repentino e ineludible desde el punto de vista clínico. “Decir que era un paciente cardíaco crónico es un prejuicio. Maradona muere de un evento cardíaco agudo e imprevisible; su corazón estaba sano”, sentenció ante los magistrados al descalificar el rigor científico del peritaje forense interdisciplinario.
A su turno, el abogado Roberto Rallín repasó los aspectos personales y la cronología del vínculo entre el médico y el exfutbolista, descartando actitudes de indiferencia o abandono de persona. Remarcó que Luque acudió en auxilio de Maradona cada vez que fue convocado por su entorno y aseguró que la causa judicial buscó construir un “chivo expiatorio” mediático para justificar un desenlace biológico natural que escapaba al control de los profesionales.
Tras la conclusión del alegato de la defensa de Luque, el debate oral en los tribunales de San Isidro continuará con la exposición de Nicolás D’Albora, representante legal de la médica y coordinadora de la empresa de medicina prepaga, Nancy Forlini, en una etapa decisiva que definirá la situación procesal de los siete imputados que integraban el equipo de atención médica en la vivienda de Tigre.