El Ejecutivo nacional redujo a cero el aporte mensual al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP) que las empresas industriales debían pagar para mantener los beneficios del régimen fiscal especial de la provincia.
El Gobierno nacional oficializó este miércoles la eliminación del aporte obligatorio que debían realizar las empresas industriales radicadas en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur para conservar los beneficios del régimen de promoción industrial establecido por la Ley 19.640 y sus prórrogas.
Mediante la Resolución 20/2026 de la Secretaría de Industria y Comercio, publicada en el Boletín Oficial, se fijó en cero por ciento (0 %) el aporte previsto en el artículo 4° del Decreto N° 727/2021, lo que elimina de hecho la obligación de destinar un porcentaje al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP).
Hasta ahora, las empresas industriales bajo el régimen debían pagar un 15 % de sus beneficios derivados de la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre los productos producidos y comercializados dentro de dicha normativa, como condición para mantener sus beneficios fiscales.
La decisión responde a reclamos formales del sector productivo local -principalmente de la Unión Industrial Fueguina (UIF) y la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE)- que advirtieron que las recientes reformas tributarias y la eliminación de aranceles a ciertos productos estaban degradando la competitividad de las industrias fueguinas y poniendo en riesgo tanto la producción como puestos de trabajo en la provincia.
Desde estas cámaras empresarias sostuvieron que las condiciones económicas derivadas de cambios fiscales generales obligaban a revisar las cargas vigentes, que en su conjunto habían generado una "pérdida crítica de competitividad".
Con el aporte fijado en 0 %, las compañías industriales podrán acceder y mantener los beneficios del régimen especial -que incluye exenciones fiscales como la del IVA y otros gravámenes nacionales y aduaneros- sin tener que pagar la contribución al FAMP que antes era obligatoria.
Sin embargo, la norma aclara que esta reducción no exime a las empresas que ya asumieron compromisos o proyectos aprobados ante el Comité Ejecutivo del Fondo, quienes deberán cumplir con dichos proyectos. En caso de incumplimiento, deberán reintegrar los aportes no realizados junto con los intereses correspondientes a ese fondo.
El régimen de promoción fueguino fue diseñado para fomentar inversiones, desarrollo industrial y empleo en la región austral mediante beneficios fiscales y aduaneros. La medida de eliminar el aporte al FAMP se toma en un contexto de cambios tributarios y arancelarios más amplios, que según los reclamos empresariales repercuten negativamente en la competitividad de todo el sector industrial de la provincia.
Las autoridades del sector económico esperan que con este alivio fiscal se preserve la actividad productiva, se sostenga el empleo y se evite una disminución de inversiones en la región, al tiempo que se busca equilibrar las cargas dentro del marco de incentivos industriales vigentes.