A partir del 1 de julio, la tasa resarcitoria en pesos -aplicable a pagos fuera de término- se reducirá del 4% al 2,75% mensual, mientras que la punitoria -para deudas en instancia judicial o con intimación- bajará del 5% al 3,5% mensual.
El Gobierno nacional oficializó este miércoles una reducción en las tasas de interés resarcitorias, punitorias y de devolución que deben afrontar los contribuyentes, mediante la Resolución 823/2025 publicada en el Boletín Oficial.
A partir del 1 de julio, la tasa resarcitoria en pesos -aplicable a pagos fuera de término- se reducirá del 4% al 2,75% mensual, mientras que la punitoria -para deudas en instancia judicial o con intimación- bajará del 5% al 3,5% mensual.
En tanto, la tasa de devolución -que se aplica cuando el Estado debe reintegrar fondos a los contribuyentes, por ejemplo por saldos a favor- disminuirá de 0,75% a 0,5% mensual.
Desde el Ministerio de Economía destacaron que la decisión se tomó "en el marco de la importante desaceleración de la inflación", lo que justifica una adecuación de los intereses cobrados y pagados por el Estado. El ministro Luis Caputo celebró la medida en redes sociales y aseguró que "contribuye a dar previsibilidad a contribuyentes y operadores".
La normativa no tiene efecto retroactivo, por lo que los pagos de obligaciones vencidas antes del 1 de julio seguirán rigiéndose por las tasas vigentes al momento de su vencimiento.
Desde el Ejecutivo remarcaron que esta medida se suma a otras decisiones orientadas a reducir el costo financiero para empresas y particulares, en un contexto de baja sostenida del índice de precios.