El socio del estudio Auren Gabriel Hermida considera que la AFIP debe acceder a esta necesidad de las empresas.
Hermida alertó que el problema más grave se presenta cuando las empresas actúan como agentes de retención o percepción, porque tratándose de impuestos que no son propios de la firma, sino de sus clientes, la obligación de pago se devenga en un momento determinado, aunque no tengan perspectivas de cobrar algo”. “Meterlos en problemas de este tipo por una situación de pandemia es de locos”, señaló.
“En el caso de las empresas que ha vendido en marzo o han vendido algo, si han vendido en abril, el devengado ya está y el impuesto existe. Ahora esas empresas tienen plazos de cobro más largo, de 30 días, 60 día y más aún también las que han vendido antes, en enero o febrero, y tienen plazos de pago también a sus clientes de 30 a 60 o 90 días”, explicó el analista.
Hermida agregó que “esto hace que se rompa la cadena de pagos y las empresas no tengan los fondos para poder pagar los impuestos”
El analista tributario señaló que las empresas “tal vez solo puedan llegar a tener para poder pagar los sueldos y ya es un problema , a eso le suma que aunque ahora tengan el diferimiento de las cargas de sociales que dió el Gobierno a través del Decreto 332, esto los complica igual”.
“Creo que es tiempo de hacer una especie de corte, eliminar por un tiempo el devengado y pasar al percibido a los fines de pagar los impuestos y de esa manera dar un alivio a las empresas. Me parece que esta es una medida urgente que debería tomar el gobierno, tanto nacional, provincial y municipal”, explicó. De hecho, consideró que la AFIP no necesita de ninguna ley para ello, porque está dentro de sus facultades, la de fijar el vencimiento de los tributos.