La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial mediante la Resolución 2214/2025, y completa el proceso iniciado el 1° de enero con la obligatoriedad de la receta digital para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553.
El Ministerio de Salud de la Nación oficializó la extensión de la receta electrónica a todas las indicaciones médicas, incluyendo medicamentos de prescripción restringida, estudios, procedimientos, dispositivos médicos y prácticas clínicas. La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial mediante la Resolución 2214/2025, y completa el proceso iniciado el 1° de enero con la obligatoriedad de la receta digital para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553.
A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán emitirse en formato digital a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), lo que permitirá contar con un sistema unificado, interoperable y trazable a nivel nacional.
Entre los principales avances, se destaca la implementación de un sistema de identificación unívoca que utilizará el CUIL del paciente y una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), lo que permitirá garantizar la trazabilidad de los tratamientos y reforzar la transparencia del sistema. Además, las recetas archivadas o de prescripción restringida -como las que incluyen psicotrópicos o estupefacientes- deberán conservarse digitalmente durante al menos tres años.
Los prestadores y plataformas tendrán plazos de entre 45 y 120 días para implementar los distintos niveles del sistema según la complejidad de la prescripción. En casos excepcionales, como en zonas con escasa conectividad, se permitirá seguir utilizando la receta en papel.