El tribunal rechazó el intento de la empresa de llevar el caso a la Corte Suprema y ratificó que utilizó maniobras para perjudicar a un trabajador.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó una condena millonaria contra la empresa Refres Now, fabricante de las bebidas Manaos, al determinar que incurrió en maniobras fraudulentas en la registración de un trabajador. La indemnización final fue fijada en más de $800 millones.
El fallo se conoció luego de que el máximo tribunal provincial rechazara un recurso extraordinario federal presentado por la compañía, que buscaba llevar el caso a la Corte Suprema de la Nación.
La causa se inició tras la denuncia de un exempleado que aseguró haber sido forzado a un despido indirecto luego de años de irregularidades laborales. Según la sentencia, la empresa utilizó un acuerdo firmado en 2018 ante el Seclo como un "artilugio" para modificar su encuadre laboral.
En concreto, el trabajador fue reencuadrado como "promotor", bajo el convenio de aguas y gaseosas, cuando en realidad cumplía funciones de viajante de comercio, una categoría con mayores derechos y mejor remuneración.
Los jueces aplicaron el principio de primacía de la realidad, que en derecho laboral establece que lo que efectivamente ocurre en la práctica prevalece sobre lo que figura en los papeles.
Bajo este criterio, concluyeron que la relación laboral nunca se interrumpió y que la maniobra tuvo como objetivo reducir costos y ocultar la verdadera antigüedad del trabajador, que se remontaba a 2013.
Refres Now intentó escalar el caso a la Corte Suprema de la Nación alegando arbitrariedad en la sentencia y violación de garantías constitucionales. Sin embargo, la Suprema Corte mendocina desestimó ese planteo.
El tribunal consideró que no existía una "cuestión federal" suficiente, ya que el caso se basa en hechos, pruebas y normas de derecho común, lo que impide su revisión por el máximo tribunal nacional.
Además, señaló que la empresa se limitó a reiterar argumentos ya analizados y no logró demostrar errores graves en la decisión judicial.
El monto final de la condena fue fijado en $807,6 millones, dividido en:
$223,4 millones en concepto de capital
$584,2 millones por intereses
Inicialmente, los intereses superaban los $1.200 millones, pero la Corte decidió reducirlos al considerar que su aplicación automática generaba una "desproporción económica".
Para justificar la reducción de los intereses, el tribunal evaluó la situación del demandante y concluyó que no se trataba de un trabajador vulnerable.
Según el fallo, el exempleado es empresario, propietario de una cadena de supermercados en San Rafael y percibía ingresos muy superiores al promedio salarial, lo que influyó en la decisión de moderar la carga financiera para la empresa.
La empresa también solicitó abonar la indemnización en cuotas, pero el tribunal rechazó esa posibilidad al considerar que esa instancia de negociación ya había sido intentada sin éxito durante el proceso judicial.
La resolución consolida un criterio estricto frente a maniobras de registración irregular y refuerza la aplicación del principio de primacía de la realidad en conflictos laborales.
Además, marca un límite a la posibilidad de escalar este tipo de causas a la Corte Suprema cuando no existe una cuestión constitucional clara, dejando firme una de las condenas laborales más altas registradas en la provincia.