En virtud de la problemática que persiste respecto al cobro de comisiones por depósitos en efectivo, la Federación Económica de Mendoza (FEM) y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) reiteraron su solicitud para que dicha medida sea dejada sin efecto.
En el escrito las entidades expresan su fuerte disconformidad con el cobro de comisiones a las empresas por parte de las entidades bancarias cuando se realizan depósitos en efectivo, dado que casi el total de los bancos ha comenzado a percibir comisiones arbitrarias y abusivas que, en muchos casos, superan el 1 % sin justificarse el servicio adicional por el cual se cobra este porcentaje, generando un doble cargo, teniendo en consideración que los clientes ya abonan el mantenimiento de sus cuentas, el cual sufre permanentemente actualizaciones que lo incrementan.
El Banco Central de la República Argentina dispone de facultades para regular estas comisiones, tal como lo indican el Art. 4 de la Carta orgánica del BCRA, Ley 24.144 y sus modificatorias, y los Art. 21 y 30 de la Ley 21.526, a saber:
“Ley 24.144 y modificaciones (Carta orgánica del BCRA). ARTICULO 4º: Son funciones y facultades del banco: a) Regular el funcionamiento del sistema financiero y aplicar la Ley de Entidades Financieras y las normas que, en su consecuencia, se dicten; g) Regular, en la medida de sus facultades, los sistemas de pago, las cámaras liquidadoras y compensadoras, las remesadoras de fondos y las empresas transportadoras de caudales, así como toda otra actividad que guarde relación con la actividad financiera y cambiada; h) Proveer a la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros y a la defensa de la competencia, coordinando su actuación con las autoridades públicas competentes en estas cuestiones.
Es por ello que se solicita la intervención urgente del BCRA para que este injustificado cobro quede sin efecto.