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El Gobierno declaró y prorrogó la emergencia agropecuaria en zonas de Entre Ríos, Buenos Aires y Río Negro

Las resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial, abarcan citrus afectados por granizo y viento en Federación (Entre Ríos), explotaciones inundadas en cuatro partidos bonaerenses y rodeos ganaderos con sequía en amplias áreas rionegrinas. Rigen beneficios de la Ley 26.509 previa certificación provincial.

Miercoles, 12 de Noviembre de 2025

El Ministerio de Economía oficializó la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario para el distrito Mandisoví, en el departamento Federación (Entre Ríos), y prorrogó idéntico estatus en distintas jurisdicciones de Buenos Aires y Río Negro, mediante un paquete de resoluciones difundidas este miércoles en el Boletín Oficial.

En Entre Ríos, la declaratoria alcanza a explotaciones citrícolas afectadas por granizo y viento, con vigencia del 5 de mayo de 2025 al 4 de mayo de 2026, fecha fijada como final del ciclo productivo para los establecimientos comprendidos.

En Buenos Aires, la Resolución 1776/2025 extendió del 1° de septiembre de 2025 al 28 de febrero de 2026 la emergencia para explotaciones agropecuarias dañadas por inundaciones en circunscripciones de los partidos de Bolívar, Nueve de Julio, Carlos Casares y Tapalqué.

En Río Negro, la Resolución 1782/2025 prorrogó del 1° de junio de 2025 al 31 de mayo de 2026 el estado de emergencia para explotaciones ganaderas afectadas por sequía en los departamentos Avellaneda, Conesa, El Cuy, General Roca, Pichi Mahuida y 9 de Julio. En la misma norma, se amplió la cobertura en igual período a Ñorquincó, Pilcaniyeu y 25 de Mayo. En todas estas zonas, el 31 de mayo de 2026 fue establecido como cierre del ciclo productivo de las explotaciones alcanzadas.

Los textos oficiales precisan que, "a los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la ley 26.509 y sus modificatorias, conforme con lo establecido por su artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo". Con esa documentación, las provincias remitirán a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios "el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente".