El subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, ratificó que las universidades públicas están autorizadas a arancelar sus carreras a extranjeros sin residencia permanente. La medida depende de la decisión de cada facultad.
El subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, ratificó que las universidades nacionales se encuentran legalmente habilitadas para cobrar aranceles a estudiantes extranjeros sin residencia permanente. La precisión fue brindada a través de sus canales digitales oficiales para despejar dudas sobre la vigencia del marco normativo.
Según detalló el funcionario, las autoridades universitarias disponen de este instrumento legal desde la promulgación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, el cual introdujo modificaciones sobre la Ley de Educación Superior en materia de retribución por servicios educativos.
Desde el Gobierno aclararon que el marco regulatorio respeta la autonomía de las casas de altos estudios, dejando en manos de los rectores y consejos superiores la decisión final sobre aplicar o no el cobro a este segmento de la matrícula.

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Asimismo, remarcaron que la disposición no afecta la gratuidad universitaria para los ciudadanos argentinos ni para los estudiantes extranjeros que dispongan de la radicación permanente en el país, manteniendo las condiciones de acceso igualitario.
La ratificación de la medida cobra relevancia en el marco de las discusiones abiertas entre el Poder Ejecutivo y los rectores por la partida presupuestaria destinada a la educación pública superior.
Las instituciones universitarias sostienen sus reclamos por la adecuación de los presupuestos operativos y la recomposición de los salarios de los trabajadores del sector, en un escenario de permanente debate sobre los recursos del sistema estatal.