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Confirmaron la condena por abuso sexual contra un exintendente de Entre Ríos y quedará preso

El Tribunal de Gualeguaychú, compuesto por los jueces Arturo Dumón, Alicia Vivian y Mauricio Derudi, dictó la sentencia tras confirmar que los delitos ocurrieron mientras Constantino ejercía como jefe comunal.

Miercoles, 28 de Agosto de 2024

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa del exintendente de Gilbert, Ángel Constantino, agotando así su última instancia judicial para revertir la condena en su contra. Constantino, quien fue sentenciado en marzo de 2023 a 14 años y 6 meses de prisión por abuso sexual con acceso carnal contra tres mujeres, deberá ser trasladado a una cárcel en las próximas horas.

El Tribunal de Gualeguaychú, compuesto por los jueces Arturo Dumón, Alicia Vivian y Mauricio Derudi, dictó la sentencia tras confirmar que los delitos ocurrieron mientras Constantino ejercía como jefe comunal. Hasta ahora, el exintendente había estado cumpliendo prisión domiciliaria desde abril del año pasado. No obstante, la Sala Nº 1 en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia dejó firme el fallo, rechazando su última oportunidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

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Caputo detalló que la disminución del impuesto se aplicará únicamente a las importaciones de bienes, excluyendo los servicios y fletes.

La resolución judicial establece: "Se resuelve denegar la concesión del recurso extraordinario federal, para ante la excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, interpuesto por los defensores Técnicos de Ángel Fabián Constantino". El abogado de las denunciantes, Juan Ignacio Weimberg, expresó su satisfacción con la resolución, subrayando la gravedad de los abusos perpetrados en un contexto de asimetría de poder.

Desde la fiscalía informaron que, una vez que el expediente se radique en la Cámara de Gualeguaychú, se revocará la prisión domiciliaria y Constantino será trasladado a un penal de la provincia, aún por definir.