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Mendoza promulgó la ley de alivio financiero para refinanciar deudas de familias y empresas

El Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial la Ley 9730, que exime del Impuesto de Sellos y reduce Ingresos Brutos al 5% a entidades que otorguen plazos mínimos de 24 meses y tasas de hasta el 40%. La norma busca sanear un universo de 271.000 créditos en mora.

Miercoles, 30 de Setiembre de 2026

El Gobierno de Mendoza oficializó este miércoles en el Boletín Oficial la promulgación de la Ley 9730 de Alivio Financiero para las Familias y Empresas Mendocinas, una herramienta legislativa diseñada para fomentar la renegociación de pasivos en mora o en riesgo de incobrabilidad. La normativa, sancionada con amplio consenso parlamentario el pasado 15 de septiembre, introduce un esquema de estímulos y rebajas tributarias directas destinadas a bancos, entidades crediticias y acreedores comerciales que faciliten acuerdos de pago más accesibles para deudores locales, sin comprometer recursos del erario público para absorber pasivos privados.

El régimen legal focaliza su operatoria en dos beneficios impositivos centrales: la exención total del Impuesto de Sellos en las adendas y nuevos contratos de reestructuración crediticia, y una reducción de la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos al 5% para las entidades financieras participantes. A fin de acceder a esta quita impositiva, los prestamistas deberán celebrar acuerdos que contemplen un plazo mínimo de devolución de 24 meses y una Tasa Nominal Anual (TNA) con tope en el 40%, garantizando una reducción efectiva de la carga mensual que soportan los tomadores de crédito.

Alcance sobre 271.000 préstamos en mora y controles de la ATM

El proyecto surgió a raíz de un relevamiento oficial que encendió señales de alerta en el circuito económico mendocino: sobre un padrón de aproximadamente 870.000 asistencias financieras activas, cerca de 271.000 préstamos registran atrasos, con saldos promedio adeudados de $1,1 millones en familias y $2,8 millones en pymes. Del total de morosos, cerca de la mitad permanece calificada en situación 5 (considerada irrecuperable) en la Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina (BCRA), mientras que otros 100.000 arrastran demoras de pago de entre 30 y 180 días, amenazando la solvencia y encareciendo el crédito en la plaza local.

Para prevenir desvíos o especulaciones financieras, la ley aclara que solo aplicará para modificaciones operativas genuinas (plazos, amortizaciones, tasas o cancelación de deudas cruzadas), excluyendo maniobras de cesión, venta o securitización de carteras. En paralelo, las entidades deberán presentar declaraciones juradas mensuales ante la Administración Tributaria Mendoza (ATM), organismo que auditará y cruzará las bases informáticas con los registros del BCRA; la detección de datos apócrifos activará penalidades severas, multas e intimaciones de cobro de los tributos exceptuados.

La norma mantendrá su vigencia formal hasta el 31 de diciembre de 2026, reservando al Poder Ejecutivo provincial la facultad administrativa de prorrogar sus efectos por seis meses adicionales si la evolución del crédito y la recuperación de la cartera morosa así lo ameritan.

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