Extienden por tres meses la vigencia de contratos y relaciones laborales en el Estado provincial.
Mediante un nuevo decreto, el Ejecutivo provincial ha dispuesto la prórroga automática de diversas relaciones laborales y contractuales que vencían el 31 de diciembre de 2025. La norma extiende la vigencia de estos vínculos desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2026, con el fin de garantizar el normal funcionamiento de la administración y evitar interrupciones en áreas sensibles. La continuidad está sujeta a que no se haya dispuesto la baja por norma legal y a que las erogaciones puedan ser cubiertas por las Rentas Generales o Recursos Afectados de origen provincial o nacional, en la medida en que la recaudación lo permita.
El decreto de prórroga abarca a varias categorías de personal y contratos que finalizaban a fines de 2025. La extensión incluye a:
Agentes en adscripción, obligando a los superiores jerárquicos a informar el destino y sugerir su continuidad o cese.
Designaciones interinas, conforme a la Ley 9015.
Contratos en Planta Temporaria, según el Decreto Ley 560/73.
Percepción de adicionales o suplementos, cualquiera sea su naturaleza.
Contratos de locación de obras o servicios, incluidos los honorarios determinados en Horas Módulo Deportivo.
Además, se extiende la continuidad de los contratos vinculados a la Unidad de Financiamiento Internacional (UFI), que son financiados con fondos de organismos de crédito, con el objetivo explícito de no interrumpir obras y programas que se encuentran en ejecución.
Uno de los puntos centrales del decreto es que la prórroga se efectúa sin necesidad de firmar nueva documentación, cláusulas adicionales ni emitir actos administrativos que la formalicen. Las prestaciones se mantendrán en las mismas condiciones vigentes al 31 de diciembre de 2025, incluyendo funciones, horarios y honorarios habituales, siempre y cuando exista una efectiva prestación del servicio.
Sin embargo, la normativa faculta a los ministros y a las autoridades de los entes descentralizados a disponer modificaciones o el cese de las adscripciones y prestaciones durante el período de prórroga, siempre y cuando lo hagan mediante la norma legal correspondiente.
La vigencia de esta continuidad automática vence indefectiblemente el 31 de marzo de 2026, plazo que el Ejecutivo consideró necesario para la correcta organización y operatividad de la administración pública provincial.