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CONTROLES - Estas son las multas a quienes no cumplan la restricción nocturna en Mendoza

El Ministerio de Seguridad de Mendoza realiza controles con puestos fijos y dinámicos en la provincia, los cuales están habilitados para aplicar multas de entre 10 mil y 50 mil pesos a quienes infrinjan la restricción de circulación o realicen eventos sociales no autorizados entre las 0.30 y las 5.30.

Martes, 6 de Abril de 2021

El Ministerio de Seguridad de Mendoza realiza controles con puestos fijos y dinámicos en la provincia, los cuales están habilitados para aplicar multas de entre 10 mil y 50 mil pesos a quienes infrinjan la restricción de circulación o realicen eventos sociales no autorizados entre las 0.30 y las 5.30.

Entre las medidas que dispuso el Ejecutivo se estableció que, para la realización de reuniones sociales y eventos en espacios habilitados, deberá obtenerse una previa aprobación de la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, dependiente de la cartera de Seguridad.

Estas acciones buscan reducir la circulación de personas -a excepción de los considerados trabajadores esenciales- y desalentar las fiestas clandestinas.

En el caso de que una persona circule sin permiso será sancionada con multa de 10 mil pesos y para el dueño del local o del domicilio en el que se detecten reuniones no autorizadas se fijó una penalidad económica de 50 mil pesos.

El decreto también dicta que, en las actividades al aire libre, la cantidad de asistentes estará determinada a razón de una persona por cada metro cuadrado de superficie y hasta un máximo de 250 personas.

A su vez, en los eventos en espacios cerrados debidamente habilitados, deberá limitarse la ocupación al 50% del factor autorizado y con un máximo de 250 personas.

En ambos casos no podrán ubicarse más de seis personas por mesa, se deberá respetar la distancia de dos metros entre cada mesa y las normas sobre distanciamiento social, higiene y utilización de barbijo.

También se realizará la pertinente denuncia en los términos del artículo 205 del Código Penal y/o artículo 119 bis del Código Contravencional Provincial, según corresponda.

Todas estas acciones se realizan en conjunto con los municipios que, según lo dispuso el gobernador Rodolfo Suárez, tienen facultad para controlar y sancionar en sus territorios.