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Defensa del Consumidor: ¿qué hacer al detectar errores en el resumen de una tarjeta de crédito?

La Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza sugiere a los usuarios que realicen rápidamente sus reclamos por presuntos errores en el resumen de la tarjeta de crédito que reciban en sus domicilios o vía correo electrónico.

Sabado, 4 de Mayo de 2019
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La Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza sugiere a los usuarios que realicen rápidamente sus reclamos por presuntos errores en el resumen de la tarjeta de crédito que reciban en sus domicilios o vía correo electrónico.

Sean estos errores por transacciones no efectuadas o diferencias en los valores de las compras, el consumidor debe hacer el reclamo y conservar evidencia, ante la necesidad de avanzar luego en una denuncia formal.

Con el peso de la ley

La Ley nacional 25065 de Tarjetas de Crédito establece que el titular de puede impugnar (rechazar) o cuestionar la liquidación (resumen) dentro de los 30 días de recibida.

Esta acción puede realizarse mediante nota simple, por duplicado, dirigida a la entidad emisora del plástico, detallando en ella:

  • Los consumos que se desconocen.
  • Cualquier error detectado, por ejemplo, incumplimiento en la aplicación de un descuento o reintegro por una promoción, aportando todo otro dato que sirva para esclarecer.

Hoy, la mayoría de las entidades disponen de correo electrónico para recibir también este tipo de reclamos. Una vía rápida para la gestión es entrar en la página web del BCRA y ubicar el contacto correspondiente:  http://www.bcra.gov.ar/BCRAyVos/Tarjetas_de_credito.asp

Plazos para resolver el reclamo

La Ley 25065 también establece que la entidad emisora debe acusar recibo de la impugnación o rechazo dentro de los 7 días de recibida y, dentro de los 15 días siguientes, deberá corregir el error o explicar claramente la exactitud de la liquidación, aportando copia de los comprobantes o fundamentos que avalen la situación.

En cambio, cuando se trate de operaciones (compras, extracciones de dinero) realizadas en el exterior, el plazo para corregir el error se ampliará a 60 días.

Obligaciones para las partes

Mientras dure el procedimiento de impugnación para definir si corresponde o no ese pago, la entidad emisora de la tarjeta no podrá impedir ni dificultar el uso de la tarjeta de crédito, ni el de sus adicionales, siempre que no se supere el límite de compra otorgado. Pero sí podrá esa entidad exigir al consumidor el pago del mínimo pactado por los rubros o consumos que no hayan sido cuestionados del resumen.   

Consultas y reclamos

Si el titular de la tarjeta no recibiera una respuesta en el tiempo indicado o no estuviera de acuerdo con las explicaciones brindadas por la entidad emisora, deberá reclamar por estos motivos.

Frente a esto, la entidad deberá resolver la cuestión en forma fundada en el plazo de 10 días hábiles, vencidos los cuales quedará habilitado el consumidor para iniciar una acción administrativa ante el BCRA, en la Dirección de Defensa del Consumidor o judicial.

Por otras consultas sobre este tema, escribir al correo 148@mendoza.gov.ar