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Cambios en los free shops: podrán instalarse tiendas libres de impuestos en fronteras

El Gobierno incorporó una norma del Mercosur que permite habilitar tiendas libres de impuestos en cruces fronterizos terrestres. La medida también incluye cambios para digitalizar trámites del transporte internacional.

Miercoles, 10 de Junio de 2026
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El Gobierno modificó el régimen de free shops y habilitó la posibilidad de instalar tiendas libres de impuestos en pasos fronterizos terrestres del país. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 438/2026, publicado en el Boletín Oficial.

La normativa incorpora al marco legal argentino una resolución del Mercosur aprobada en 2018, que autoriza este tipo de comercios en las fronteras terrestres de los países miembros. Con esta decisión, Argentina adopta un esquema que ya funciona en Brasil, Uruguay y Paraguay.

La apertura de estos locales requerirá una doble autorización. El Ministerio de Economía deberá otorgar la habilitación comercial, mientras que ARCA aprobará el espacio físico y al operador desde el punto de vista aduanero.

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Los comercios solo podrán instalarse en pasos fronterizos habilitados que cuenten con condiciones adecuadas para realizar controles aduaneros.

Las compras realizadas por los viajeros quedarán comprendidas dentro del régimen de equipaje, por lo que los productos deberán destinarse al uso personal y no podrán tener fines comerciales o industriales.

La cantidad de mercadería permitida estará determinada por las franquicias y límites vigentes para el ingreso de bienes al país.

La reglamentación también establece exclusiones. No podrán venderse vehículos, repuestos, combustibles, alimentos de la canasta básica, animales vivos, plantas, armas, municiones, tabaco, cigarrillos, maquinaria agrícola o industrial, electrodomésticos de gran porte, materiales de construcción, neumáticos, ropa y calzado, salvo zapatillas deportivas y ojotas.

El decreto indica que las autorizaciones deberán otorgarse mediante procedimientos competitivos y transparentes. Además, el Gobierno podrá limitar la cantidad de locales habilitados por razones técnicas o comerciales.

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La apertura de las tiendas no será inmediata. El Ministerio de Economía y ARCA tendrán un plazo máximo de 30 días para dictar la reglamentación operativa con los requisitos de funcionamiento, controles y procesos de habilitación.

La Dirección General de Aduanas podrá revocar permisos ante incumplimientos, previa instrucción de un sumario administrativo. Las infracciones serán sancionadas según el Código Aduanero y la legislación tributaria vigente.

En paralelo, el Gobierno incorporó dos actualizaciones vinculadas al Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre, que regula el tránsito de cargas y pasajeros entre Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay.

Uno de los principales cambios será la digitalización del Manifiesto Internacional de Carga por Carretera, documento obligatorio para el transporte internacional. El trámite podrá gestionarse electrónicamente mediante sistemas coordinados entre las aduanas de los países involucrados.

El objetivo es reducir tiempos de espera en los pasos fronterizos, agilizar la circulación de mercaderías y bajar costos operativos para el sector transportista.

También se modificó el régimen sancionatorio para empresas de transporte internacional de pasajeros y cargas, con una reducción en los montos de las multas fijadas en dólares, aunque sin cambios en la clasificación de las infracciones.