El ARCA actualizó el régimen de importación definitiva para consumo sin fines comerciales ni industriales, con cambios orientados a simplificar trámites, digitalizar procesos y reforzar los controles, según una resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La medida quedó formalizada a través de la Resolución General 5805/2025, que introduce modificaciones al procedimiento vigente desde 2012, establecido por la Resolución General 3172, y alcanza a las importaciones realizadas por personas humanas para uso personal.
De acuerdo con la nueva normativa, la importación de mercaderías nuevas o usadas deberá canalizarse mediante el procedimiento simplificado previsto en la Resolución General 3628. El trámite se realizará a través del Módulo Declaración Detallada del Sistema Informático Malvina (SIM), utilizando los códigos aduaneros correspondientes para cada operación.
Desde ARCA explicaron que el objetivo es ordenar y estandarizar las gestiones vinculadas a este tipo de importaciones, reduciendo instancias presenciales y mejorando el seguimiento de los envíos desde su ingreso al país.
La resolución aclara que estas operaciones quedarán alcanzadas por el régimen general de importación, por lo que deberán abonar los derechos y gravámenes vigentes. Además, el valor en aduana será determinado al momento de la verificación de los bienes ingresados, un punto clave para la liquidación de impuestos.
Asimismo, las importaciones deberán respetar las prohibiciones económicas y no económicas actualmente en vigor y, cuando corresponda, estarán sujetas a la intervención de organismos externos con competencia específica sobre la mercadería.
En los casos en que no sea posible completar el trámite a través del sistema simplificado por razones operativas, la normativa prevé el uso del formulario "Solicitud para importar mercaderías por personas humanas sin finalidad comercial y/o industrial" (OM-2153-A), que fue reconvertido en un formato digital e interactivo.
Con esta actualización, ARCA busca avanzar en la digitalización de los procesos aduaneros, sin modificar el carácter no comercial de este tipo de importaciones, pero fortaleciendo los mecanismos de control y trazabilidad.