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Economía el nuevo esquema tributario

Quién gana y quién pierde con los nuevos cambios en el impuesto a Bienes Personales

Finalmente las propiedades rurales fueron eximidas del gravamen. Cómo saber si habrá que pagar y cuánto.

Viernes, 26 de Octubre de 2018
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El Gobierno finalmente decidió dejar afuera de Bienes Personales a los inmuebles rurales. Durante la discusión de madrugada del Presupuesto en la Cámara de Diputados, el oficialismo accedió a eximir a ese tipo de propiedades de tributar ese impuesto.

Fue la última modificación que introdujo el Ejecutivo a esa iniciativa, que en un principio planteó que los inmueble rurales abonen las alícuotas como las propiedades urbanas. En una segunda instancia, tras las primeras quejas del sector, el Gobierno trató de llegar a una solución intermedia ofreciéndoles poder descontar ese impuesto de lo que pagan por Ganancias.

Pero terminó por eliminar a esos inmuebles de Bienes Personales, salvo algunas excepciones. Las que quedaron exentas fueron las personas físicas, pero aquellas sociedades que tengan campos dentro de su patrimonio deberán pagar un 0,25% de la valuación fiscal, que lo define cada provincia.

Para las propiedades urbanas no hubo cambios. Desde 2020 correrá un mínimo no imponible de $2 millones. A partir de ese nivel patrimonial habrá que abonar, por lo cual cualquier contribuyente con, por ejemplo, un departamento en la Ciudad de Buenos Aires, pagará el tributo.

El impuesto a los Bienes Personales se cobra a partir de la "foto" patrimonial que se declara ante AFIP el último día de cada año. Para este año, el fisco cobrará el tributo sobre lo que cada contribuyente declare al 31 de diciembre de 2017. El régimen vigente incluye solo una tasa de 0,25% para los que superen bienes por $1 050 000.

En 2019, comenzaría a correr el nuevo esquema tributario, por lo que los pagos comenzarían a ser exigidos por el fisco desde 2020.

Por la suba del tipo de cambio, será "fácil" entrar en las primeras categorías del impuesto. Por ejemplo, si un contribuyente fuera titular de una propiedad con una valor de u$s170 000, que es el precio de un dos ambientes promedio en el barrio porteño de Palermo, y proyectando un dólar a $42 hacia fines del año próximo tal como estima el Gobierno, el patrimonio ascendería entonces a $7 140 000.

Este contribuyente estaría incluido en el segundo escalafón (entre $5 y $20 millones). Por lo que el monto a pagar sería el 0,5% de $2 140 000, unos $10 700. A eso habrá que sumarle el mencionado monto fijo de $7 500.

Al respecto, los bloques opositores en el Senado ya adelantaron que se abrirá el debate sobre extender la exención de Bienes Personales a aquellos contribuyentes cuya propiedad inmueble sea de uso familiar, según adelantó el senador Miguel Ángel Pichetto.

Los abogados tributaristas ya recomiendan a sus clientes invertir en aquellas opciones que no son alcanzados por Bienes Personales. Entre ellos, los títulos públicos (bonos emitidos por la Nación, por las provincias o municipios) y depósitos en plazo fijo en pesos o dólares.

Otra buena alternativa es invertir en acciones de compañías, ya que la parte que le corresponde de impuesto es cubierto por las propias empresas por lo que los inversores individuales quedan exentos.

Fuente: TN