El Decreto 406 reglamentó las exenciones incorporadas en la reforma laboral. El beneficio alcanza a rentas por alquileres destinados a vivienda única, familiar y permanente.
El Gobierno nacional reglamentó la exención del Impuesto a las Ganancias para ingresos provenientes del alquiler de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente.
La medida fue oficializada mediante el Decreto 406, publicado en el Boletín Oficial, y tendrá efecto sobre las rentas generadas desde el 1 de enero de 2026.
La reglamentación precisa que el beneficio alcanza a las ganancias derivadas de la locación o sublocación de inmuebles destinados a casa-habitación.
El decreto define ese concepto como el inmueble utilizado como vivienda única, familiar y de ocupación permanente por parte del inquilino.
La exención se aplicará a personas humanas y sucesiones indivisas que obtengan ingresos por alquileres de unidades afectadas a ese destino.
Además, el beneficio incluye importes abonados por el uso de muebles, accesorios o servicios suministrados por el propietario dentro del contrato de locación.
La norma aclara que la exención rige para las ganancias devengadas desde el 1 de enero de 2026, independientemente de la fecha en que se haya firmado el contrato.
El decreto también reglamenta una exención para personas humanas y sucesiones indivisas, residentes en el país o en el exterior, por resultados obtenidos en la venta de inmuebles o transferencia de derechos sobre inmuebles ubicados en Argentina.
Ese beneficio alcanzará a operaciones concretadas desde el 1 de enero de 2026, siempre que estén comprendidas dentro de los supuestos previstos por la ley.
La norma fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo.
Según un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), la eliminación de Ganancias sobre estos alquileres podría mejorar la rentabilidad neta de los propietarios.
El estudio plantea que, para contribuyentes alcanzados por la alícuota máxima del 35%, la rentabilidad neta podría aumentar un 64%, pasando del 3,19% al 5,22%.
En el caso de quienes tributaban una alícuota del 13%, la mejora sería del 17%, con una suba del 4,47% al 5,22%.
Para los monotributistas, el informe señala que la rentabilidad prácticamente no cambiaría y se ubicaría cerca del 5,17% anual.
De acuerdo con el IARAF, la medida podría mejorar los incentivos para propietarios que evalúan poner inmuebles en alquiler y ampliar la oferta disponible en el mercado.