El gobierno bonaerense promulgó la Ley 15.617 que amplía el régimen previsional especial para excombatientes de Malvinas. La reforma reduce a ocho años los aportes exigidos al IPS e incorpora a 400 veteranos dados de baja por secuelas.
El gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó la Ley 15.617, que reforma el Régimen Previsional Especial para Oficiales y Suboficiales Combatientes de Malvinas (Ley 15.386). La norma amplía el acceso a la jubilación especial para aproximadamente 400 veteranos de guerra que debieron solicitar la baja o el retiro por secuelas físicas o psicológicas derivadas del conflicto bélico y que habían quedado fuera de la cobertura del sistema estatal.
La nueva regulación establece como requisitos acreditar 55 años de edad, 20 años de servicio y reduce de diez a ocho años la exigencia de aportes efectivos al Instituto de Previsión Social (IPS). El alcance abarca a personal de planta permanente, transitoria o contratada, extendiéndose a integrantes de la Policía y del Servicio Penitenciario bonaerense que cumplan los parámetros fijados.
La iniciativa impulsada por los senadores María Rosa Martínez y Adrián Santarelli sumó modificaciones tras las observaciones presentadas por el CECIM La Plata. Por este motivo, el texto final excluye explícitamente del beneficio a quienes hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad, actos de sedición, delitos contra el orden constitucional o sanciones por incumplimiento de deberes durante la guerra.
Asimismo, la ley fija que, si alguna de estas causales judiciales se constata con posterioridad a la sanción, la prestación previsional caducará de forma automática, garantizando la compatibilidad del régimen con las políticas de derechos humanos de la provincia.