Consideran que el nuevo cálculo de suba de las jubilaciones eleva el poder adquisitivo.
En ese marco, los economista del EPP considerar que los cambios buscan mejorar los resultados. “Por un lado, para el cálculo de la variación de los salarios se prescinde del Índice de Salarios del INDEC, ya que, se busca mayor transparencia en la fórmula. Para ello, el RIPTE se erige como el indicador más adecuado por su confección y que no ha sido objetado política ni judicialmente. Por otro, se incorpora la cláusula ‘legislación constante’, que establece que las modificaciones en la política tributaria o en las condiciones de acceso a los beneficios no tendrán efectos en la movilidad. Dicha cláusula protege a los jubilados y pensionados de los cambios legislativos”, subrayaron.
Los académicos también coincidieron que con la nueva fórmula se “reduce el rezago en tres meses para el cálculo del tope” y que a su vez también acorta en tres meses el “rezago” respecto a los períodos considerados para el cálculo del RIPTE en relación a como lo hacía la Ley N° 27.426.
“Recupera el tope a los aumentos anuales (que había sido eliminado en la reforma del 2017) que no podrán ser superiores al crecimiento de los recursos totales de ANSES (multiplicado por 1,03) garantizando la sustentabilidad del sistema de seguridad social y evitando que los gastos sean mayores a los recursos profundizando el déficit previsional, como ocurrió entre el 2017-2019”, afirmaron en un comunicado conjunto, suscripto por los 350 economistas.
En este marco, celebraron que los aumentos vuelvan a ser semestrales. “El proyecto de ley con la nueva fórmula de movilidad jubilatoria es superador respecto de la Ley N° 27.426 porque no solo generará un incremento del poder adquisitivo de los haberes jubilatorios, sino también que contribuye a la estabilidad macroeconómica al reducir el déficit y al crecimiento económico por sus efectos positivos sobre la demanda agregada. Es decir, que el esquema de aumento de las jubilaciones y pensiones se establezca a partir de la evolución de los salarios y la recaudación tributaria del ANSES significa garantizar la sostenibilidad en el tiempo, de igual manera, que hace partícipe a los jubilados y pensionados de los beneficios del crecimiento económico sin poner en riesgo la sustentabilidad fiscal”.
Los expertos también cuestionaron la fórmula sancionada en diciembre del 2017, durante la administración de la alianza Cambiemos, que estaba definida por la variación del 70% del IPC y el 30% por el RIPTE. “Esta fórmula era desestabilizante en términos macroeconómicos, ya que ajustaba con nueve meses de rezago y amplificaba las ya asfixiadas arcas públicas en contextos de estanflación. Más aún, al tratarse de una fórmula que esencialmente consideraba la inflación, no coparticipaba a las y los jubilados de los contextos en los que la economía crece”, sostuvieron.
“La nueva fórmula propuesta por el Ejecutivo nacional es garantía de sustentabilidad por considerar la evolución de los salarios y los recursos de la ANSES, al mismo tiempo, que asegura la suficiencia, ya que en tiempos de crecimiento económico los haberes jubilatorios crecerán como resultado de las mejoras salariales y de la mayor recaudación”, retrucaron.
Ante las críticas que surgieron a la nueva fórmula, los especialistas dijeron que “no es cierto que no recompone haberes respecto de la inflación”, ya que la misma “forma parte del proceso de negociación de salarios que se materializa en el RIPTE y, por ende, también en la recaudación que recibe el subsistema de la seguridad social”.
Por último, expresaron que la Ley N° 26.417 vigente hasta 2017 no registró litigios durante su vigencia por ser “jurídicamente robusta” y “minimizar” la acumulación de pasivos contingentes.
“Por todo lo anterior, las y los firmantes suscribimos a la fórmula que fue propuesta por el Ejecutivo Nacional, porque creemos que es la mejor alternativa para recomponer los haberes de las y los jubilados a largo plazo, haciéndolos partícipes de los beneficios del crecimiento económico”, concluyeron.
Economistas EPPA respaldaron nueva fórmula previsional firmas nombres y apellidos.pdf