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La Cámara Nacional Electoral exhortó al Congreso a que actualice el número de Diputados

De esta manera, la CNE revocó una sentencia que rechazó el planteo del Partido Vecinal de Córdoba, desde donde se impulsó un amparo contra el Estado para reasignar la cantidad de diputados por provincia.

Domingo, 13 de Setiembre de 2020
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De esta manera, la CNE revocó una sentencia que rechazó el planteo del Partido Vecinal de Córdoba, desde donde se impulsó un amparo contra el Estado para reasignar la cantidad de diputados por provincia.

En su fallo, la Cámara destaca que la actualización de los miembros del Parlamento debe darse "sin que ello suponga una intromisión en la esfera legislativa", entendiendo que "constituye el ejercicio de una competencia propia del Tribunal -en su función de juzgar- dirigida a la coordinación y complementación del accionar de los poderes del Estado".

El escrito recordó además que la Carta Magna sostiene que "después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado".

El 5 de julio del 2018, la Cámara había hecho lugar a la acción de amparo promovida por un elector de la provincia de Córdoba y le pidió al Congreso que "extreme los recaudos para ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución Nacional, en relación con la composición de la Cámara de Diputados".

El artículo 45 de la Constitución nacional establece que "El número de representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos. Después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado".

En ese momento, lo decidió en virtud de que la "base de representación por la cual se rige la actual composición del mencionado cuerpo legislativo continúe siendo aquella que se determinó con los datos poblacionales de un censo realizado en 1980, y resulta claramente anacrónica".

En este sentido, por ejemplo, la provincia de Buenos Aires -la más populosa del país- tiene 70 diputados, uno cada 222.777 habitantes; mientras que la provincia de Tierra del Fuego tiene un diputado cada 25.441 habitantes.

La resolución luego fue apelada y el fallo conocido hoy la revoca, al tiempo que reitera el pedido al Congreso de "ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución Nacional".

fallo CNE.pdf