El Gobierno provincial emitió tres decretos con sanciones disciplinarias. Dispuso la cesantía de una profesional por justificar faltas con documentación falsa, rechazó la indemnización a una exempleada del Lagomaggiore y confirmó una suspensión.

El Ministerio de Salud y Deportes de Mendoza concluyó tres sumarios administrativos que involucran a personal sanitario en el ámbito provincial. A través de los decretos 1464, 1533 y 1768, rubricados por el gobernador Alfredo Cornejo y el ministro Rodolfo Montero, el Poder Ejecutivo dispuso la expulsión de una médica por presentar documentación laboral apócrifa, desestimó la demanda indemnizatoria presentada por una enfermera del Hospital Lagomaggiore y confirmó una sanción de suspensión contra un facultativo por omisiones en la notificación de casos críticos.
La resolución de mayor gravedad administrativa recayó sobre una profesional que prestaba funciones en el Área Sanitaria de Capital. La investigación interna se inició tras la sospecha sobre dos certificados presentados para justificar inasistencias a comienzos del año pasado. Mediante peritajes del Departamento de Matriculaciones y Certificación de Firmas, se constató que la médica supuestamente emisora desconoció por completo el documento fechado el 3 de febrero de 2025. Tras la intervención de los organismos de disciplina técnica, el Ejecutivo aplicó la cesantía definitiva al considerar acreditado el uso de un certificado adulterado para avalar la ausencia laboral, dando además intervención formal a la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública.
En un segundo expediente, la administración provincial rechazó el recurso de alzada interpuesto por una enfermera cuya relación contractual en el Hospital Lagomaggiore concluyó a mediados de 2024. La determinación hospitalaria se fundó en una evaluación de desempeño desfavorable elaborada por la Jefatura de Clínica Médica, que advirtió falencias de perfil para el nivel de complejidad requerido. Aunque la trabajadora alegó cuatro años de antigüedad ininterrumpida y exigió una reparación económica, el dictamen oficial ratificó que las locaciones de servicios no confieren estabilidad laboral en el Estado y descartó cualquier derecho a resarcimiento pecuniario bajo el régimen provincial.
Finalmente, el Gobierno dejó firme la sanción disciplinaria impuesta a un médico a raíz de irregularidades cometidas en un sanatorio privado local. El caso fue promovido por la Dirección de Maternidad e Infancia ante el incumplimiento de la normativa que exige reportar de manera obligatoria los episodios de gravedad y muerte materna dentro de un plazo perentorio de 48 horas. Pese a los sucesivos recursos de reconsideración interpuestos por la defensa técnica del especialista, el Ejecutivo rechazó las impugnaciones y convalidó la suspensión de seis meses en el ejercicio profesional, medida que el matriculado ya cumplió de forma efectiva.