El magistrado Juan Carlos Peinado ordenó la apertura de un juicio oral con jurado y solicitó la investigación de la capacidad económica de Gómez, tras anular medidas cautelares previas.

El magistrado Juan Carlos Peinado, del juzgado de instrucción nº 1 de Madrid, firmó este lunes un auto de 67 páginas que confirma la remisión a juicio con tribunal del jurado de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y de su asesora, Ángela Álvarez, tras la revocación de las medidas cautelares y la anulación del archivo parcial ordenada por la Audiencia Provincial.
El auto dispone la apertura del juicio oral, descarta la alegación de “ineficacia” de la defensa y establece que ambas imputadas podrán ser consideradas responsables civiles directas y solidarias, según lo solicitado por la Universidad Complutense de Madrid (UCM).
El juez también ordenó averiguar la capacidad económica de Gómez mediante el Punto Neutro Judicial y solicitó a la Agencia Tributaria las cinco últimas declaraciones del IRPF de la investigada.

No se impusieron fianzas ni las medidas cautelares solicitadas por la acusación popular, que pedía la prohibición de disposición de participaciones sociales de Transformar TSC S.L., el bloqueo del dominio “transformatsc.org” y la incautación de activos digitales vinculados.
Peinado considera que la intervención de Gómez y Álvarez ante la UCM no se dio en un contexto neutral, sino que su condición de cónyuge del presidente les otorgó un “acceso privilegiado” al órgano administrativo universitario, particularmente en la titularidad y posible explotación de un software desarrollado en la cátedra que co-dirigieron.
Tras la investidura de Pedro Sánchez en junio de 2018, Gómez abandonó su puesto en Inmark y, en agosto, fue nombrada directora del IE Africa Center, estableciendo vínculos con la Organización Mundial del Turismo y la start-up Wakalua, donde coincidía con el empresario Juan Carlos Barrabés.
El magistrado comparó estas conductas con prácticas de regímenes absolutistas, aludiendo al reinado de Fernando VII como referencia histórica.
Se le imputan a Gómez presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, este último ligado al uso privado de una empleada pública y al supuesto desvio del software mencionado. A Álvarez se le atribuye, como cooperadora necesaria, un presunto delito de malversación relacionado exclusivamente con el software.
La acusación popular, liderada por Hazte Oír, solicita 13 años de prisción para Begoña Gómez y seis años para Ángela Álvarez; la defensa y la Fiscalía, por su parte, piden la absolución.

El empresario Juan Carlos Barrabés, tercer imputado, quedó excluido del juicio con jurado; su investigación seguirá centrada en la legalidad de las adjudicaciones de contratos públicos.