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EconomíaReforma laboral

Fondo de despidos: qué pasará con las empresas que no elijan administradora a tiempo

A partir de noviembre, las empresas comenzarán a derivar de forma obligatoria hasta el 2,5% de sus contribuciones patronales a los nuevos Fondos de Asistencia Laboral.

Lunes, 7 de Setiembre de 2026

El cronograma de implementación de la reforma laboral ingresó en una fase decisiva para el sector empleador argentino. A partir del próximo mes de noviembre, comenzará a regir la obligatoriedad para que todas las compañías del país con personal en relación de dependencia destinen fondos a las cuentas del nuevo Fondo de Asistencia Laboral (FAL). La normativa abarcará a la totalidad de las unidades productivas, incluyendo a las micro y pequeñas empresas que cuenten con un único dependiente contratado.

Frente a la inminencia del plazo operativo, el Poder Ejecutivo terminó de definir uno de los aspectos procedimentales más sensibles: el destino de aquellas firmas que no designen a término una entidad bancaria o una sociedad de bolsa autorizada para canalizar sus recursos. Ante la ausencia de una prórroga automática general, las compañías que incurran en demoras serán asignadas a través de un mecanismo de sorteo aleatorio entre todas las gestoras de inversión previamente inscriptas como elegibles en el registro oficial.

Alcance del régimen y escalas de contribución

El esquema comprende a prácticamente la totalidad de la masa empleadora del sector privado, con excepciones puntuales referidas a los regímenes especiales preexistentes: no estarán alcanzados el personal de la industria de la construcción —que opera bajo su propia libreta de cese—, los empleados de casas particulares y los agentes del sector público. El destino de los saldos acumulados tendrá afectación específica exclusiva para afrontar el pago de indemnizaciones por despido o contingencias de juicios laborales.

En materia de financiamiento, el sistema no demandará una erogación presupuestaria extra ni transferencias aisladas hacia los administradores. Los montos continuarán tributándose a través de las presentaciones habituales de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que se ocupará de redirigir los caudales hacia la cuenta de la entidad financiera seleccionada. Para las pequeñas y medianas empresas, la alícuota implicará reasignar un 2,5 % de los aportes patronales que originalmente nutrían a la Anses, mientras que para las grandes corporaciones la deducción representará el 1 % de las cargas.

Disputa comercial entre entidades financieras y agentes de bolsa

La proximidad de la fecha límite abrió una intensa disputa en la plaza financiera por la captura de miles de cuentas corporativas. Las estimaciones de mercado proyectan que los bancos comerciales podrían absorber alrededor del 70 % del volumen total merced a sus vínculos preexistentes en el pago de sueldos y servicios transaccionales, mientras que las sociedades de bolsa (ALyC) aspiran a captar hasta un 30 % del mercado restante mediante estrategias de rendimiento financiero y bonificaciones específicas.

Al respecto, Juan Ignacio Abuchdid, presidente de la firma IEB, anticipó una agresiva competencia fundada en la tasa de retorno de los portafolios de inversión, destacando que una mayor rentabilidad permitirá a los empleadores consolidar un colchón patrimonial más robusto para contingencias. No obstante, especialistas como el abogado laboralista Tomás Rigo remarcaron que el modelo focaliza el alivio en el cese laboral pero preserva los costos estructurales mensuales, habilitando incluso a las firmas a cancelar despidos con capital corriente para mantener los fondos del FAL invertidos devengando intereses. Ante dudas regulatorias sobre la prevención de lavado de activos por parte de la Unidad de Información Financiera (UIF) frente a empresas adjudicadas por sorteo, desde la banca privada aclararon que el riesgo de fraude queda neutralizado al canalizarse la recaudación directamente por los filtros previos del fisco nacional.

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