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MendozaFallo definitivo

La Suprema Corte confirmó el sobreseimiento de los rugbiers franceses: los puntos clave del fallo

En una resolución de 54 páginas, el máximo tribunal provincial desestimó el planteo de casación de la querella. Los magistrados ratificaron la inocencia de los deportistas al evaluar inconsistencias en el relato y peritajes médicos.

Jueves, 3 de Setiembre de 2026

La causa penal que involucró a los deportistas galos llegó a su punto final en el plano provincial. En una extensa resolución de 54 páginas, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó este jueves el sobreseimiento definitivo de Hugo Auradou y Oscar Jegou, dejando sin efecto la acusación por presunto abuso sexual formulada por una ciudadana mendocina en julio de 2024, tras el paso del seleccionado francés por la provincia.

El máximo tribunal resolvió desestimar el recurso de casación impulsado por la querella particular, ratificando los fallos emitidos en las instancias judiciales inferiores. Los ministros de la Corte evaluaron que los hechos ventilados en el expediente no encuadran en una figura punible, dando por acreditada la existencia de consentimiento en el marco del encuentro y concluyendo que el Ministerio Público Fiscal agotó de manera exhaustiva todas las líneas de investigación posibles sin dejar medidas de prueba pendientes de producción.

Los fundamentos centrales del máximo tribunal

La resolución fundamentó el cierre definitivo de la investigación a partir de los siguientes ejes probatorios:

  • Perspectiva de género y garantías constitucionales: el tribunal sostuvo que juzgar con este enfoque resulta una obligación para descartar estereotipos, pero remarcó que bajo ninguna circunstancia habilita a prescindir del principio de inocencia ni releva al Poder Judicial de contrastar los testimonios con las pruebas objetivas de la causa.

  • Inconsistencias en la declaración de la denunciante: el fallo advirtió variaciones y contradicciones sustanciales entre la denuncia inicial y su ampliación posterior, a la vez que detectó la influencia de factores externos a través de mensajes con allegadas en los que se indujeron términos delictivos sobre la percepción de lo acontecido.

  • Pericias médicas y psicológicas determinantes: los informes periciales indicaron que el relato analizado resultaba estructurado y carente de espontaneidad. En paralelo, los peritajes del Cuerpo Médico Forense arrojaron que las marcas cutáneas constatadas eran inespecíficas y vinculables a la enfermedad de von Willebrand que padece la mujer, un cuadro de coagulación que genera hematomas frente a presiones corporales leves.

  • Falta de respaldo en cámaras y testigos: la reconstrucción integral descartó la versión de la parte acusadora, al corroborarse que ni las grabaciones del boliche y del hotel, ni los testimonios aportados por personal del establecimiento, huéspedes del piso ni el conductor del servicio de Cabify registraron escenas de violencia, alteraciones anímicas ni pedidos de auxilio.

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