A través del Decreto Nº 1438, el Gobierno de Mendoza reconoció la antigüedad por los años trabajados bajo contrato de locación a una arquitecta. La medida se ampara en el fallo "Britos" de la Suprema Corte pero fija límites precisos.
El Gobierno de la Provincia de Mendoza oficializó el Decreto Nº 1438, mediante el cual hizo lugar parcialmente al reclamo de una arquitecta para computar sus años trabajados bajo contrato de locación de servicios a los fines del Adicional por Antigüedad. La medida, respaldada con la firma del gobernador Alfredo Cornejo y del ministro de Hacienda Víctor Fayad, se fundamenta en el cambio de jurisprudencia administrativa derivado del fallo plenario "Britos" de la Suprema Corte de Justicia, el cual determinó que el beneficio debe abonarse en cualquier relación que constituya un servicio personal o función pública rentada para el Estado.
La resolución establece que las diferencias salariales serán abonadas por el período transcurrido entre el 27 de febrero de 2025 -fecha en que se inició el reclamo- y septiembre de ese mismo año. El reconocimiento sienta un antecedente clave para los agentes estatales que hayan prestado funciones bajo contratos de locación, cualificando esa relación previa como computable para la antigüedad salarial y para el cálculo de licencias ordinarias futuras.
Retroactividad acotada: Las diferencias salariales se reconocen a partir de la fecha de presentación de la solicitud administrativa (27 de febrero de 2025) y no de forma retroactiva al inicio de la contratación.
Fecha de corte por la Ley Nº 9665: El beneficio se liquida hasta septiembre de 2025, ya que la entrada en vigencia de la Ley 9665 en octubre de ese año excluyó explícitamente a los contratos de locación y contrataciones autónomas de estos adicionales.
Rechazo de aportes previsionales: Basándose en el antecedente judicial "Danitz", el Estado no abonará aportes jubilatorios, argumentando que el prestador asume voluntariamente el régimen de facturación y las obligaciones de la Ley 24.241.
Cómputo para vacaciones: El tiempo prestado en modalidad de locación será considerado para fijar la antigüedad en la liquidación de las licencias ordinarias futuras de la empleada.