La Universidad Nacional de Cuyo resolvió, a través de una nueva normativa, retornar a las actividades presenciales en todos sus ámbitos de acción, desde el lunes 26 de julio.
A través de una resolución promueve el retorno a las actividades académicas y administrativas en los establecimientos y que la virtualidad se plantee solo en casos pertinentes. La instancia se ve alentada por los cambios en los parámetros epidemiológicos y el gran alcance del plan de vacunación. De esta manera, si bien siguen algunas instancias virtuales, se tiende a que sea prioritaria la presencialidad en establecimientos académicos y administrativos, alentada por los beneficios del plan de vacunación que ya abarcó a gran parte de la comunidad universitaria.
Para ello, el Rectorado, ad referéndum del Consejo Superior, dejó sin vigencia anexos de la resolución N°280 de 2020 en la que se habilitaba el regreso gradual y cuidado a la presencialidad, reemplazándola por la Resolución 1850/2021, que cuenta con una anexo que renueva ciertos principios para adoptar en la UNCUYO, hasta tanto el Comité Epidemiológico de la Universidad elabore nuevos parámetros, acordes con la actual situación de la provincia de Mendoza frente a la pandemia del Coronavirus COVID-19.
En detalle, la Resolución considera que el “Plan Estratégico para la vacunación contra la Covid-19 en Argentina” impulsó cambios respecto de los mecanismos o parámetros utilizados para determinar ámbitos, procedimientos y porcentajes de presencialidad en todas las actividades y funciones de la Universidad, en comparación a los primeros meses del año en curso.
También, que hubo cambios en las normativas a nivel nacional -Resolución Conjunta 4/2021- respecto de los trabajadores mayores de 60 años y de los denominados “grupos de riesgo”, permitiendo su incorporación y la posible citación obligatoria por parte de los empleadores.
Por lo tanto, desde el 26 de julio se tomarán provisionalmente los nuevos indicadores presentes en esta Resolución para incrementar la presencialidad, que si bien no será plena, en algunos casos quedará enmarcada en lo que ya se defiinió como “presencialidad inteligente”.
Además, deja en claro que “cada una de las Unidades Académicas, Institutos, Rectorado y sus dependencias, colegios dependientes de la DIGES y reparticiones descentradas dispondrán de las convocatorias –en su ámbito- al personal respectivo para efectuar actividades presenciales”, como también para reglamentar los porcentajes de presencialidad de las y los estudiantes.
Que el principio general adoptado debe considerarse extendido a nivel de la enseñanza de pregrado y grado, coincidente con el DNU del Poder Ejecutivo Nacional N°287/2021.
Deja sentado, además, que la “presencialidad inteligente” no es un “presencialidad plena”, como se consideraba antes de la pandemia, sino una presencialidad “post vacunación”.
Como reglas de conducta generales y obligatorias, enumera la distancia mínima establecida por protocolos, el uso de tapabocas en lugares compartidos, la ventilación de ambientes, el estricto cumplimiento de los protocolos específicos de cada unidad académica, Instituto o dependencia y el control de casos sospechosos, casos confirmados y contactos estrechos.
Fuente: UNCuyo.edu.ar