La Justicia de Córdoba rechazó el pedido de prisión domiciliaria del condenado Oscar Ernesto Barraza, autor de al menos 15 ataques sexuales entre 1999 y 2004. La decisión se basó en su peligrosidad, antecedentes y riesgo para la sociedad, pese a su edad avanzada.
Oscar Ernesto Barraza, de 70 años, fue sentenciado a 25 años de prisión por una serie de violaciones en serie cometidas entre 1999 y 2004 contra al menos 15 mujeres que vivían solas en barrios de la ciudad de Córdoba, incluidos San Martín, Providencia y Crisol.
Las víctimas, todas mujeres mayores de entre 52 y 84 años, fueron atacadas en sus viviendas durante la noche, donde el agresor maniobraba, las inmovilizaba y luego abusaba sexualmente de ellas antes de robarles dinero u objetos personales.
Barraza fue capturado en diciembre de 2006. La investigación que permitió su detención se basó, entre otras pruebas, en perfil genético hallado en una botella de gaseosa en el lugar de uno de los hechos.
En los últimos años, la defensa de Barraza presentó varias iniciativas judiciales para obtener beneficios como prisión domiciliaria, apelando a su edad y su conducta aparentemente ejemplar dentro del centro de detención.
Sin embargo, la jueza de Ejecución Penal Soledad Juncos, encargada del caso en el penal de Villa Dolores, rechazó todos esos pedidos. La magistrada consideró que la buena conducta carcelaria y la edad no son suficientes por sí solos para acceder a medidas como la libertad asistida o la prisión domiciliaria.
La decisión se amparó en la jurisprudencia local, que exige un "plus justificatorio" -más allá de la edad- para conceder beneficios de este tipo, especialmente en casos de delitos graves y de reiteración delictiva.
Durante su juicio, los estudios psicológicos y psiquiátricos señalaron que Barraza presenta componentes psicopáticos y conductas sádicas, con una tendencia compulsiva a repetir actos antisociales, lo que aumenta las dudas sobre su reinserción social incluso en libertad asistida.
Antes de su condena por violaciones, el condenado ya tenía antecedentes por complicidad en un homicidio (1973) y tentativa de robo calificado (1995), lo que influyó en que los pedidos de beneficios penitenciarios fueran considerados con mayor restricción.
Según la resolución, Barraza podrá volver a solicitar la libertad asistida recién el 29 de junio de 2031, seis meses antes de cumplir su condena. Ese beneficio, en caso de solicitarlo, estará sujeto a evaluaciones exhaustivas sobre su riesgo para la sociedad y para eventuales víctimas, lo que implica un proceso complejo y de difícil aprobación.