Buenos Aires: Multas de 4.300.000 a los viajeros que incumplan el aislamiento
Esta normativa busca evitar la propagación de las nuevas variantes del COVID-19, señala también que serán penados aquellos que eviten el uso de barbijos, participen de fiestas clandestinas o incumplan con cualquiera de las restricciones.
Martes, 29 de Junio de 2021
El gobierno bonaerense aplicará multas de hasta 4.300.000 pesos a aquellos que regresen del exterior y no respeten la cuarentena de 7 días para evitar la propagación de las nuevas variantes de coronavirus.
El régimen de multas fue establecido por el Decreto N.º 1/2, mediante el cual se propuso que el incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la pandemia de COVID-19, "dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Decreto-Ley N.º 8841/77", que propone multas de hasta 500 sueldos mínimos.
Ese Decreto 1, del enero pasado, vinculó la norma Covid-19 a uno del año 1977, que establecía que la provincia puede imponer multas por incumplimiento de normas sanitarias.
De esta manera, la provincia habilitó la posibilidad de aplicar multas ante el incumplimiento del uso de los barbijos, la realización de fiestas clandestinas o el incumplimiento de cualquiera de las restricciones dispuestas en el sistema de fases en el que se encuentran, dependiendo de la situación epidemiológica, los 135 municipios bonaerenses.
Luego, en mayo, se estableció que los recursos que los municipios recauden de la aplicación de multas por violar restricciones sanitarias, integrarán el "Fondo Municipal por infracciones a la normativa COVID-19"
De este modo, una vez que agentes municipales, provinciales, inspectores del Ministerio de Salud bonaerense y de Migraciones comprueban la infracción, se labrará un acta y, luego, la persona tendrá un plazo para presentar un descargo.
Posteriormente, se resolverá si se violó o no la normativa, la multa que se impondrá y su valuación. Esa sanción podrá ser apelada ante la justicia correccional del lugar donde se cometió la infracción.