La Corte expresó que deben ser utilizadas "exclusivamente para contribuir al esclarecimiento" de delitos en procesos penales en curso.
La acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre las escuchas telefónicas, en función de que deben ser utilizadas "exclusivamente para contribuir al esclarecimiento" de delitos en procesos penales en curso, quedó oficializada hoy al ser publicada en el Boletín Oficial.
La acordada número 17, del 19 de junio, lleva las firmas del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y el resto de sus miembros: Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
En la decisión, la Corte también pidió al Congreso que "certifique" que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) "no realiza tareas de investigación ajenas" a las solicitadas por los magistrados y expresó "preocupación" por la "difusión pública" de la captación de compunicaciones que "solo puede ser dispuesta por orden judicial en el marco de procesos penales en curso".
Por este motivo, el máximo tribunal del país solicitó a la Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia que "certifique que la Agencia Federal de Inteligencia no realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa y específicamente solicitadas como requerimiento de asistencia por los magistrados judiciales".