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ARCA modificó el régimen para devolver los saldos del Impuesto PAIS: todos los detalles

El cambio permitirá que los agentes de percepción y liquidación del tributo puedan declarar saldos no solo de diciembre de 2024 y los tres primeros meses de 2025, sino también de abril del corriente año.

Martes, 1 de Abril de 2025
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el régimen excepcional de devolución de saldos a favor del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). La medida fue oficializada en la Resolución General 5669/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, con la firma de su titular, Juan Pazo.

El cambio permitirá que los agentes de percepción y liquidación del tributo puedan declarar saldos no solo de diciembre de 2024 y los tres primeros meses de 2025, sino también de abril del corriente año.

Motivos y alcance de la medida

Según el documento, la prórroga responde a razones de administración tributaria y busca otorgar más tiempo a los agentes para exteriorizar saldos a favor. En tanto, las percepciones sobre Ganancias y Bienes Personales permanecerán sin modificaciones.

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La medida apunta a eliminar las dificultades que enfrentan los ciudadanos para trasladarse a los consulados y garantizar un acceso más equitativo al sufragio.

El Impuesto PAIS, que aplicaba un recargo del 30% sobre compras en dólares con tarjeta, dejó de estar vigente el 22 de diciembre de 2024. Sin embargo, la fecha de vencimiento de los consumos generó diferencias:

  • Compras con tarjeta de crédito antes del 22 de diciembre, pero con vencimiento posterior, quedaron exentas del tributo.

  • Pagos con tarjeta de débito hasta esa fecha sí estuvieron alcanzados por el impuesto.

Para compensar a los agentes que ingresaron percepciones en exceso, ARCA implementó un mecanismo que permitía compensar esos montos con el Impuesto sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias. Originalmente, el plazo vencía en marzo, pero ahora se extendió hasta abril.
Procedimiento de devolución

El proceso para solicitar la devolución no sufrió modificaciones. Los agentes deberán presentar el Formulario F.744 correspondiente a los períodos de diciembre de 2024 y enero a abril de 2025, utilizando el Sistema de Control de Retenciones (SICORE).

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