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Economía Boletín Oficial

Dispusieron el fin del uso de efectivo para caja chica

El ministerio de Hacienda determinó que los organismos deberán sustituir el uso de los medios de pago efectivo y cheque por tarjetas de compra corporativas y otros medios de pago electrónicos disponibles.

Jueves, 27 de Diciembre de 2018
(600554)

El ministerio de Hacienda determinó que los organismos habilitados para el uso de Tarjetas de Compra Corporativas, en el Módulo de Fondos Rotatorios del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF), conforme la habilitación otorgada por la Tesorería General de la Nación, deberán sustituir el uso de los medios de pago efectivo y cheque por tarjetas de compra corporativas y otros medios de pago electrónicos disponibles, considerando todas las operaciones que se canalizan a través del régimen de fondos rotatorios, fondos rotatorios internos y cajas chicas.

 Según la resolución 276/2018, publicada este jueves en el Boletín Oficial, los niveles máximos de uso de efectivo y cheques a alcanzar, serán para el mes de enero de 2019, una relación de uso de los medios de pago efectivo y cheque, respecto del total de los pagos por Fondo Rotatorio, no mayor al 30%.

De esta manera, según la normativa de la secretaría de Hacienda, durante el mes de julio del mismo año esta relación no podrá superar el 20% y posteriormente mantenerse en igual o inferior nivel.

Asimismo, los organismos habilitados para el uso de Tarjetas de Compra Corporativas durante el ejercicio 2018 y posteriores, deberán alcanzar a partir del ejercicio 2019, una relación de uso de los medios de pago efectivo y cheque, respecto del total de los pagos por Fondo Rotatorio, no mayor 30%. En tanto, transcurridos 180 días desde la fecha de la primera medición, la relación de uso no podrá superar el 20%, y posteriormente mantenerse en igual o inferior nivel.

Según la medida, en el caso de que se excedieran los niveles máximos de uso de los medios de pago efectivo y cheque, la Tesorería General de la Nación, afectará el pago del saldo de las Órdenes de Pago Pagador TGN de reposición de Fondo Rotatorio del Organismo, o en su caso la asignación de cuota de pago diaria Pagador SAF para la Clase de Gasto C-43, disminuyéndolos en los siguientes porcentajes de acuerdo al nivel de cumplimiento realmente alcanzado en el uso de tales medios para el período considerado.

De esta manera, se disminuirá el 40% cuando la diferencia entre la relación de uso de los medios de pago efectivo y cheque para el período considerado, y el nivel alcanzado por el organismo, resulte igual o superior a los 25 puntos porcentuales.

Además, se reducirá el 20%, cuando la diferencia entre la relación de uso de los medios de pago efectivo y cheque para el período considerado, y el nivel alcanzado por el organismo, resulte inferior a los 25 puntos porcentuales.