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Economía Enap Sipetrol

Enap Sipetrol está autorizado a exportar gas natural a Chile

La medida regirá hasta el 31 de diciembre de 2019 y podrá ser interrumpida cuando sea necesario, a los fines de garantizar la seguridad de abastecimiento del mercado interno.

Martes, 18 de Diciembre de 2018
(585208)

El ministerio de Hacienda, a través de la secretaría de Gobierno de Energía le otorgó a Enap Sipetrol Argentina S.A. (ENAP SIPETROL), una autorización para la exportación de gas natural a la Chile, de carácter interrumpible, desde la Cuenca Austral (área Magallanes), con destino a Empresa Nacional de Petróleo, por un volumen máximo de 1.400.000 metros cúbicos por día de gas natural.

Según la resolución 281/2018, publicada este martes en el Boletín Oficial,  la exportación será por gas natural de 9.300 kilocalorías por metro cúbico, hasta el 31 de diciembre de 2019, o hasta completar una cantidad máxima total equivalente al volumen de exportación diaria autorizada por la cantidad de días de vigencia de esta autorización desde su otorgamiento, lo que ocurra primero. 

Según la normativa, que cuenta con la firma del secretario de Gobierno de Energía, Javier Iguacel,  los suministros de gas natural previstos en la presente autorización, podrán ser interrumpidos cuando sea necesario, a los fines de garantizar la seguridad de abastecimiento del mercado interno.

En tanto, la autorización de exportación caducará automáticamente si transcurrido el plazo de 45 días computados a partir de la fecha de su publicación, no se efectivizare la primera exportación comercial de gas natural, de conformidad con lo previsto en el artículo 3º, del Decreto Nº 1.738 del 18 de septiembre de 1992.

Asimismo, la medida prevé que las modificaciones de las condiciones contractuales originales referidas a cantidades comprometidas, plazo de vigencia y precio de los contratos o documentos que sustenten las respectivas exportaciones, ?deberán ser sometidas a consideración de esta autoridad de aplicación con anterioridad a su vigencia efectiva?.

En este sentido, Enap Sipetrol, deberá informar mensualmente con carácter de declaración jurada, los volúmenes mensualmente exportados. Dicha información será entregada en cumplimiento de la Resolución Nº 319 del 18 de octubre de 1993 de la ex secretaría de Energía del ex ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos.