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Economía Finanzas

Créditos hipotecarios UVA: hasta cuándo estarán congeladas las cuotas

El Gobierno nacional extendió hasta el 31 de enero el congelamiento de las cuotas de los créditos otorgados por los bancos a casi 95.000 familias en UVA.

Viernes, 25 de Setiembre de 2020
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La decisión fue oficializada a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 767/2020 publicado este viernes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández y del pleno del gabinete nacional.

En su artículo primero, el decreto aclara que la medida se dicta en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley N° 27.541.

Esa emergencia fue ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, y el Decreto N° 297/20 que estableció la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio", y sus normas complementarias.

En el artículo segundo, el decreto ordena que se prorroguen los plazos previstos en los artículos 2°, 3°, 4° y 5° del Decreto N° 319/20 hasta el 31 de enero de 2021.

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Asimismo, se extendió la suspensión en todo el territorio nacional las ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales, en las que el derecho real de garantía recaiga sobre los inmuebles.

Esta suspensión también alcanza al supuesto establecido en el artículo 2207 del Código Civil y Comercial de la Nación, en la medida que la parte deudora que integre el condominio, o quienes la sucedan a título singular o universal, sean ocupantes de la vivienda.

Esta medida alcanzará a los lanzamientos ya ordenados que no se hubieran realizado a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, dice la disposición.

Igual medida y por el mismo plazo (hasta el 31 de enero) se aplicará a las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

Hasta el 31 de enero de 2021 quedan suspendidos los plazos de prescripción y de caducidad de instancia en los procesos de ejecución hipotecaria y de créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

Las suspensiones establecidas no impedirán la traba y mantenimiento de las medidas cautelares en garantía del crédito.

Asimismo, importan, por igual período, la suspensión del plazo de caducidad registral de las inscripciones y anotaciones registrales de las hipotecas y prendas, y de las medidas cautelares que se traben o se hayan trabado en el marco de los procesos de ejecuciones hipotecarias y prendarias.