El plazo de vigencia de los Certificados Pyme, prorrogados en forma excepcional y por única vez, vence el 31 de mayo y, para mantener los beneficios del registro, las pequeñas y medianas empresas deberán recategorizarse en forma online, recordó hoy el Ministerio de la Producción de la Nación.
“Para las empresas cuyo ejercicio finalizó en diciembre de 2018 o enero de 2019, el certificado tendrá vigencia hasta el 31 de mayo de 2019, debiendo recategorizarse dentro de este mes a fin de mantener su condición en el Registro Pymes”, informó el Ministerio a través de un comunicado.
Más de 528.000 pequeñas y medianas empresas registradas ya acceden a los beneficios de la Ley Pyme que eliminó y redujo impuestos, aumentó las posibilidades de financiamiento y simplificó la vida de las empresas para ayudarlas a generar más y mejor empleo.
Entre otros beneficios, se destacan la eliminación del impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, desde los ejercicios iniciados en enero 2017; la compensación del impuesto a los débitos y créditos bancarios con impuesto a las ganancias (100% para Micro y Pequeñas y 60% para Mediana Tramo 1 Industriales) y el diferimiento del pago del IVA a 90 días para Micro y Pequeñas.
Además, el certificado pyme vigente permite a las pequeñas y medianas empresas acceder a los diferentes programas del Ministerio de Producción y Trabajo, y de otras instituciones tales como el certificado de no retención de IVA, beneficios sobre derechos de exportación, planes de facilidades en AFIP y beneficios en los distintos bancos.