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Control al vapeo: el Gobierno obliga a incluir advertencias sanitarias en cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina

La resolución del Ministerio de Salud de la Nación fijó las pautas de envasado y promoción para los dispositivos autorizados en abril. El plazo de 180 días para la adecuación de las empresas y el nuevo foco publicitario sobre la diabetes.

Lunes, 6 de Julio de 2026
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El marco regulatorio sobre el consumo de sustancias adictivas en el territorio nacional sumó un nuevo capítulo de exigencias formales. A través de la Resolución 796/2026 publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Salud, Mario Lugones, el Poder Ejecutivo dispuso que las advertencias sanitarias obligatorias se extiendan de forma inmediata a los Dispositivos Cigarrillos Electrónicos (DCE), sistemas de Tabaco Calentado (DPTC) y bolsas de nicotina, cuya comercialización legal fue autorizada el pasado mes de abril.

Las empresas fabricantes, importadoras y distribuidoras del sector de la industria del vapeo contarán con un plazo máximo de 180 días para redefinir sus empaques y campañas de promoción antes de que las unidades salgan al mercado de consumo masivo. Con esta normativa, el Ministerio de Salud busca equiparar las exigencias de los nuevos productos alternativos con las restricciones que pesan históricamente sobre el tabaco combustible tradicional.

De acuerdo con el documento oficial, cualquier pieza de publicidad, folletería o cartelera de los cigarrillos electrónicos deberá portar de forma visible la leyenda "este producto contiene nicotina altamente adictiva". Esta inscripción tendrá que presentarse de forma estricta dentro de un rectángulo de fondo blanco con letras negras legibles, cubriendo un total equivalente al 20% de la superficie del material publicitario y replicándose en los comercios a través de carteles de al menos 20 centímetros de lado.

La contrapartida de la extensión del régimen normativo es una fuerte simplificación y reducción en la variedad de los mensajes de advertencia exigidos para el tabaco convencional. La nueva disposición ministerial concentró toda la obligatoriedad publicitaria de los cigarrillos tradicionales en un único mensaje y pictograma sanitario enfocado en la diabetes, reemplazando las antiguas series rotativas de concientización pública por la frase uniforme: "Fumar tabaco aumenta el riesgo de diabetes / el consumo de tabaco agrava el daño vascular de la diabetes".

Esta unificación de criterios visuales también modificará la fisonomía de las góndolas y de los mostradores de los locales comerciales autorizados para el expendio. En las tabaquerías y kioscos que vendan cigarrillos combustibles, la cartelería preventiva quedará circunscripta exclusivamente al aviso de daño vascular por diabetes, mientras que en las tiendas de insumos de vapeo el único aviso legal requerido por los inspectores fiscales será el relativo a la dependencia química de la nicotina.

Finalmente, la resolución gubernamental actualizó de forma expresa los alcances de la señalética edilicia en espacios cerrados y de acceso público. Las normativas institucionales de las empresas y oficinas deberán incorporar carteles que especifiquen de manera taxativa la prohibición de vapear y de utilizar sistemas de tabaco calentado en sus dependencias, sumando además un canal de atención ciudadana automatizado mediante un chatbot de la aplicación de mensajería WhatsApp para canalizar denuncias o brindar asistencia médica para dejar de fumar.