La multa aplicada está prevista en el Código de Convivencia de la Ciudad de Mendoza. Fue antes del partido que Independiente Rivadavia igualó con Güemes de Santiago del Estero 1 a 1 por el torneo de la Primera Nacional de Fútbol.
La multa aplicada está prevista en el Código de Convivencia de la Ciudad de Mendoza. Fue antes del partido que Independiente Rivadavia igualó con Güemes de Santiago del Estero 1 a 1 por el torneo de la Primera Nacional de Fútbol. Los hinchas habían organizado el recibimiento para sus jugadores que lideran el certamen de la máxima categoría del ascenso del fútbol argentino.
Personal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, alertados por vecinos, se apersonó en la calle Boulonge Sur Mer y Arístides VIllanueva, donde en horas de la tarde, en el inicio de un evento futbolístico en el interior del Estadio, se advirtieron fuertes y reiteradas detonaciones de pirotecnia, provocando con ella contaminación sonora en los alrededores del estadio y en todo el perímetro.
Allí, los agentes municipales intentaron comunicarse con un responsable de la entidad, no se logra y se labra el acta en el marco del Código de Convivencia, el cual busca preservar el espacio público como un ámbito de civismo donde todos puedan desarrollar su vida de forma normal.
La multa aplicada está prevista en el Código de Convivencia de la Ciudad de Mendoza, art.14, que establece la prohibición del uso de pirotecnia y la degradación sonora del espacio público. UTM 5.000 (Valor UTM $ 6). Ordenanza 3877/14.
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