A través de la Resolución 290, el organismo previsional implementará a partir del 1° de noviembre un cruce digital con Salud y Educación para liberar el 20% retenido a beneficiarios de 5 a 17 años; el formulario físico solo se exigirá ante inconsistencias o reclamos.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) modificará a partir del 1° de noviembre el procedimiento para certificar la regularidad escolar, el calendario de vacunación y los controles sanitarios de los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). La medida, oficializada mediante la Resolución 290 publicada en el Boletín Oficial, busca agilizar la liquidación del 20% retenido de la prestación durante el ciclo anual previo sin obligar a las familias a realizar trámites presenciales con formularios impresos.
Según detalló el Ministerio de Capital Humano, el esquema tradicional en papel será reemplazado por un sistema de intercambio de datos seguro y directo entre los organismos estatales. De este modo, la Secretaría de Educación y el Ministerio de Salud remitirán periódicamente los padrones oficiales a la base previsional para validar el cumplimiento de las condicionalidades sin intermediación del titular.
El cruce informático abarcará a los menores y adolescentes en edad escolar obligatoria, simplificando la rutina administrativa:
Población alcanzada: la verificación automática operará directamente para los titulares de 5 a 17 años inclusive.
Cruce de bases: ANSES cotejará en sus sistemas los registros de matrícula escolar informados por Educación y las certificaciones sanitarias y de vacunas emitidas por Salud.
Liquidación de haberes: una vez detectado el cumplimiento en la base de datos, el organismo liquidará de forma directa el 20% acumulado, sin alterar los montos ni el porcentaje liquidado mes a mes.
Desde la cartera nacional aclararon que el formulario de la Libreta AUH no queda derogado, sino que permanecerá operativo como mecanismo de respaldo ante contingencias administrativas o falta de conectividad institucional.
La presentación física en oficinas de atención continuará siendo obligatoria en los siguientes casos puntuales:
Titulares cuya información escolar o sanitaria no figure cargada o actualizada en los registros remitidos por las provincias o la Secretaría de Educación.
Beneficiarios que presenten reclamos formales por demoras o inconsistencias en la acreditación del cobro del haber retenido.
Niños menores de 5 años que requieran acreditar los controles pediátricos específicos mediante la libreta sanitaria habitual.
Con esta reconfiguración, la ANSES apunta a reducir las filas en sus dependencias de todo el país y garantizar que el cobro del complemento anual llegue de manera directa y oportuna a los sectores de mayor vulnerabilidad.